Esta iniciativa se encuadra en un conjunto de medidas legislativas encaminadas a intensificar el marco represor del Estado: reforma del Código Penal, modificación de la Ley de Seguridad Privada que supone arrogar el uso de la fuerza a empresas de seguridad y la anunciada reforma del derecho de huelga. La clase trabajadora, ante esta batería de medidas, debe valorar que la ofensiva neoliberal continuará, lejos de los cantos de sirena de distintas instancias sobre el fin de la crisis. Recientemente, el Ecofin ha exigido al Gobierno la aceleración de distintas reformas: una fiscal, la de las pensiones y prestaciones por desempleo, una segunda reforma laboral… dirigidas a contener el gasto. Esta sucesión de reformas puede incrementar la conflictividad laboral y social, y el Estado se prepara para dar una respuesta. Sólo podemos valorar convenientemente el impacto de la futura Ley de Seguridad Ciudadana en este contexto. No se trata de una Ley anti-15M, como han recogido muchos medios alternativos, sino de una disposición que forma parte de una ofensiva represora, ante una probable movilización de colectivos de trabajadores y distintos movimientos. El impacto que puede tener, por ejemplo, la denominada privatización del uso de la fuerza con las nuevas prerrogativas de las empresas de seguridad, sólo puede evaluarse desde esta perspectiva.
Centrándonos en el Anteproyecto de Seguridad Ciudadana, supone la plasmación de una estrategia de desmovilización seguida por los poderes públicos en la que se opta por la vía administrativa, con un marco menos garantista y más costoso que la penal. El Derecho Penal tiene la consideración de última ratio, es la última opción, y, o bien no puede tipificar como infracción penal determinadas acciones, o, si las tipifica, tienen la consideración de falta con unas consecuencias menores. La vía administrativa, en este sentido, resulta mucha más efectiva atendiendo a la actual situación económica y a la caracterización subjetiva de gran parte de las movilizaciones (estudiantes, desemplead@s, trabajador@ con condiciones laborales a la baja, desahuciad@s...) Cabe recordar que el Anteproyecto contempla sanciones económicas que oscilan entre los 100 y los 600.000 euros.
Otro de los aspectos a valorar reside en el amplio margen de discrecionalidad de la Administración Pública a la hora de instruir y sancionar. Son muy recurrentes los términos perturbación, alteraciones, desórdenes, ofensas, deslucimiento… muy ambiguos y, por lo tanto, generadores de una gran inseguridad jurídica. Un/a activista, ante un proceso sancionador, no sabrá a qué atenerse hasta que exista una propuesta de resolución, ya muy avanzado el proceso. Lo mismo sucede con infracciones que sancionan las mismas acciones pero que dependiendo del grado, valorable por el instructor del procedimiento, presentarán una calificación de muy grave, grave o leve.
El catálogo de infracciones es muy amplio y está ideado ante las respuestas que se ha dado a la ofensiva neoliberal en los últimos años. En la práctica la clase trabajadora y los movimientos sociales sólo podrán actuar bajo autorización de la Administración. El número de denegaciones de convocatorias por la parte de la autoridad gubernativa ha crecido exponencialmente en los últimos años. Las nuevas fórmulas de acción y defensa quedan tipificadas como infracciones: convocatorias sin autorización o comunicación, escraches, ocupación de espacios públicos, la captación de imágenes como medida de defensa ante posibles denuncias falsas o actuaciones desproporcionadas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad… Cabe todo, incluso puede constituir infracción el incitar a un cambio de sistema al incluir como infracción el uso de banderas, símbolos o emblemas con la finalidad de incitar a comportamientos de alteración de la seguridad ciudadana.
En definitiva, esta ofensiva del sistema exige una respuesta de toda la izquierda social y política y de los movimientos sociales. Por un lado, es necesario, en todos los foros posibles, movilizar para impedir su aprobación. Aspiramos a otro modelo de sociedad, y estas medidas nos alejan de éste. El rechazo a la batería de iniciativas legislativas represoras debe suponer un impulso para alcanzar mayores cotas de participación de la clase trabajadora en aras de un futuro cambio de las relaciones de producción.
En cualquier caso, esta ofensiva represora obliga a los movimientos sociales a la implementación de ciertas medidas a la hora de actuar: la creación de servicios de orden que valoren en el momento de debatir y decidir acciones reivindicativas cuáles pueden ser las repercusiones de éstas y que controlen su ejecución tal como se ha debatido y decidido; la recuperación de determinados mecanismos de autodefensa como cajas de resistencia, listado de abogad@s que puedan asistir a l@s represaliad@s, etc…
16 de diciembre de 2013
Centrándonos en el Anteproyecto de Seguridad Ciudadana, supone la plasmación de una estrategia de desmovilización seguida por los poderes públicos en la que se opta por la vía administrativa, con un marco menos garantista y más costoso que la penal. El Derecho Penal tiene la consideración de última ratio, es la última opción, y, o bien no puede tipificar como infracción penal determinadas acciones, o, si las tipifica, tienen la consideración de falta con unas consecuencias menores. La vía administrativa, en este sentido, resulta mucha más efectiva atendiendo a la actual situación económica y a la caracterización subjetiva de gran parte de las movilizaciones (estudiantes, desemplead@s, trabajador@ con condiciones laborales a la baja, desahuciad@s...) Cabe recordar que el Anteproyecto contempla sanciones económicas que oscilan entre los 100 y los 600.000 euros.
Otro de los aspectos a valorar reside en el amplio margen de discrecionalidad de la Administración Pública a la hora de instruir y sancionar. Son muy recurrentes los términos perturbación, alteraciones, desórdenes, ofensas, deslucimiento… muy ambiguos y, por lo tanto, generadores de una gran inseguridad jurídica. Un/a activista, ante un proceso sancionador, no sabrá a qué atenerse hasta que exista una propuesta de resolución, ya muy avanzado el proceso. Lo mismo sucede con infracciones que sancionan las mismas acciones pero que dependiendo del grado, valorable por el instructor del procedimiento, presentarán una calificación de muy grave, grave o leve.
El catálogo de infracciones es muy amplio y está ideado ante las respuestas que se ha dado a la ofensiva neoliberal en los últimos años. En la práctica la clase trabajadora y los movimientos sociales sólo podrán actuar bajo autorización de la Administración. El número de denegaciones de convocatorias por la parte de la autoridad gubernativa ha crecido exponencialmente en los últimos años. Las nuevas fórmulas de acción y defensa quedan tipificadas como infracciones: convocatorias sin autorización o comunicación, escraches, ocupación de espacios públicos, la captación de imágenes como medida de defensa ante posibles denuncias falsas o actuaciones desproporcionadas de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad… Cabe todo, incluso puede constituir infracción el incitar a un cambio de sistema al incluir como infracción el uso de banderas, símbolos o emblemas con la finalidad de incitar a comportamientos de alteración de la seguridad ciudadana.
En definitiva, esta ofensiva del sistema exige una respuesta de toda la izquierda social y política y de los movimientos sociales. Por un lado, es necesario, en todos los foros posibles, movilizar para impedir su aprobación. Aspiramos a otro modelo de sociedad, y estas medidas nos alejan de éste. El rechazo a la batería de iniciativas legislativas represoras debe suponer un impulso para alcanzar mayores cotas de participación de la clase trabajadora en aras de un futuro cambio de las relaciones de producción.
En cualquier caso, esta ofensiva represora obliga a los movimientos sociales a la implementación de ciertas medidas a la hora de actuar: la creación de servicios de orden que valoren en el momento de debatir y decidir acciones reivindicativas cuáles pueden ser las repercusiones de éstas y que controlen su ejecución tal como se ha debatido y decidido; la recuperación de determinados mecanismos de autodefensa como cajas de resistencia, listado de abogad@s que puedan asistir a l@s represaliad@s, etc…
16 de diciembre de 2013
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